
Desde julio de 2008 hemos asesorado a miles de clientes para mejorar la rentabilidad y seguridad de sus ahorros previsionales.
También hemos realizado una labor educativa y sugerido reformas respecto de nuestro sistema de capitalización individual. La democratización del proceso de las inversiones de los fondos de pensiones con el advenimiento del multifondo, molesta a muchos. A las AFP y al mercado financiero en general. Cambios masivos de fondos producen pérdidas inevitables porque muchos venderán barato y muchos comprarán caro; nosotros los evitamos.
La ley que nos obliga a cesar nuestras actividades responde de mala manera a la necesidad de evitar los cambios masivos y cede ante el lobby interesado en que los trabajadores se asesoren y decidan cuanto riesgo tomar.
Sobre todo porque hoy es imposible de cumplir.
Por eso, hoy 26 de julio de 2022, suspendemos nuestra asesoría hasta nuevo aviso.
Agradecemos sinceramente las muestras de apoyo y solidaridad recibidas y la confianza depositada en estos 14 años de actividad.
Dentro de la próxima semana comunicaremos el procedimiento de solicitud de reembolso del saldo del precio pagado por nuestra asesoría para aquellos clientes que opten por ello.
Dentro de las siguientes semanas podremos recién decidir continuar con nuestra batalla con la administración del estado o abandonar definitivamente nuestra actividad.
Qué hemos hecho hasta hoy para intentar cumplir con la ley 21.314
Actualizado al 30-09-2022
Junio de 2009
Superintendencia de Pensiones nos conmina a suspender nuestros servicios arguyendo que nos arrogábamos facultades privativas de los Asesores Previsionales del DL 3.500
Septiembre de 2009
Superintendencia nos autoriza a operar reconociendo que damos un servicio que está expresamente prohibido a los Asesores Previsionales.
13 de abril de 2021
Se publica Ley 21.314, que crea figuras de asesor financiero y asesor financiero previsional y normas de fiscalización y registro para quienes realicen recomendaciones financieras (en nuestro caso planes SMART) y recomendaciones de cambios de tipo de fondo no personalizadas (planes EXPERTO, FULL y SMART), entre otros.
30 de julio de 2021
Se publica Circular 290 Superintendencia de AFP y Circular 459 de la CMF, contiene reglamento conjunto para efectos de los Asesores Financieros Previsionales.
13 de Septiembre de 2021
Aprobamos examen de acreditación de conocimientos (solo 4 personas lo aprobamos, ninguna de las otras tres continuó con el trámite de inscripción)
30 de Septiembre de 2021
Enviamos nuestra solicitud de incorporación al registro de Asesores Financieros Previsionales, acompañando toda la documentación exigida en las normas de la CMF y de la Superintendencia, a excepción de la póliza de garantía o boleta bancaria exigidas, explicando la inexistencia de compañías que la ofrecieran y la improcedencia de una boleta de garantía bancaria que obliga a identificar a un único beneficiario. Quedamos a la espera de una solución que hiciera factible el cumplimiento cabal de la ley.
29 de octubre de 2021
Recibimos el oficio ordinario 30.433 en que nos comunican observaciones a nuestra solicitud de incorporación al registro de Asesores Financieros Previsionales. Estas observaciones incluían las garantías ya mencionadas, la exigencia de acreditación de conocimientos de todos los socios (aunque la ley dice que se requiere solo para los que participen de la elaboración de las recomendaciones), el uso del nombre de fantasía FondoAlerta (lo utilizábamos ya en septiembre de 2009, cuando fuimos autorizados para seguir operando por esa misma Superintendencia y la ausencia de giro específico, a pesar de haber modificado los estatutos de la empresa incluyendo los giros “asesoría financiera” y “asesoría financiera previsional”.
31 de octubre de 2021
Llamamos a una licitación pública a todas las compañías de seguros que operan en Chile para que nos cotizaran la póliza requerida. Publicado en el diario El Mercurio el 31 de octubre y declarada desierta vencido el plazo el 15 de noviembre por falta de oferentes.
24 de noviembre de 2021
Solicitamos una re interpretación jurídica conjunta a puntos que nos parecen esenciales para continuar con nuestro proceso de registro como Entidad de Asesoría Financiera Previsional a la Superintendencia de Pensiones (ingresada como consulta #C202111124-134636) y a la Comisión para el Mercado Financiero (ingresada como consulta #2021110471559).
Solicitamos vía email al Registro de Asesores Financieros Previsionales la extensión del plazo para completar la información requerida por 30 días posteriores al pronunciamiento conjunto solicitado.
13 de abril de 2022
CMF publica NCG 472 que regula actividad de Asesores Financieros, la que rige desde el 12 de julio de 2022
2 de julio de 2022
Ingresamos solicitud de ingreso al Registro de Asesores Financieros
5 de julio de 2022
Recibimos Oficio Reservado 12.516 de Superintendencia de Pensiones preguntando si estábamos operando.
8 de julio de 2022
Respondimos el oficio señalando nuestra sorpresa porque consideramos que nuestra solicitud de ingreso al registro de asesores financieros previsionales estaba en curso, que transcurridos más de 7 meses aún no teníamos respuesta a nuestros reparos a las observaciones recibidas presentados el 24 de noviembre de 2021, dentro del plazo estipulado en el oficio ordinario 30.433, que hemos hecho todo lo que está a nuestro alcance para lograr ser aceptados en el registro, que estando esa Superintendencia en conocimiento de la continuidad de nuestras operaciones no nos haya oficiado para suspenderlas y que de no resolverse el obstáculo de la garantía imposible de formalizar, la ley estaría vulnerando nuestro derecho al libre emprendimiento y el derecho de nuestros clientes a ser debidamente asesorados.
Reiteramos nuestra apreciación de que la ley no es posible de cumplir.
19 de julio de 2022
Recibimos Oficio Ordinario 54956 de la CMF con algunas objeciones menores y otra objetando mi preparación académica.
25 de julio de 2022
Solicito audiencia con Sr. Patricio Valenzuela, Director General de Regulación de Conducta de Mercado. En espera de respuesta.
25 de julio de 2022
Recibimos Oficio Ordinario 14431 de la Superintendencia de Pensiones que responde finalmente a las solicitudes de reinterpretación jurídica de noviembre de 2021 repitiendo el texto de los reglamentos y de la ley y arguyendo básicamente la falta de atribuciones para interpretar la letra de la ley.
26 de julio de 2022
Recibimos Oficio Reservado 14434 de la Superintendencia de Pensiones en que nos conmina a cesar toda actividad relacionada.
26 de julio de 2022
Bajamos nuestros sitios web y suspendimos todos nuestros servicios.
Comunicamos a nuestros clientes
Comunicamos las medidas adoptadas a la Superintendencia de Pensiones
01 de Agosto de 2022
Reunión con Néstor Contreras de la CMF. Se aclaran varias dudas y objeciones de forma, sobre todo relacionadas a la empresa Nielsoft.
02 de Agosto de 2022
Presentamos nuevas solicitudes de ingreso al registro de Asesores Financieos Previsionales y de Asesores de Inversión, ahora como persona natural, con lo que esperamos eliminar las objeciones que planteadas respecto de la empresa. También constituímos la garantía exigida mediante vboleta de garantía bancaria.
Para acelerar el trámite y evitar problemas a futuro enviamos copia del borrador del nuevo contrato y código de conducta, exigidos.
22 de septiembre de 2022
Presentamos queja por denegación de servicios ante el Superintendente de Pensiones y la Presidente de la Comisión para el Mercado Financiero, por haberse exedido el pazo de respuesta a nuestra solicitud del 2 de agosto.
28 de septiembre de 2022
Superintendencia nos responde: «que durante el presente año usted no ha ingresado a esta Superintendencia ninguna solicitud de incorporación al Registro de Asesores Financieros Previsionales», ¡Plop!; lo que respondimos exigiendo una explicación porque el reglamento estipula que las solicitudes de inscripción pueden canalizarse por ambas vía: la CMF o la Superintendencia. El día 2 de agosto lo hicimos a través de la CMF, como consta en registro 20220803 01655.
30 de septiembre de 2022
Quedamos inscritos en el registro de asesores de inversión de la CMF. Aleluya.
Deducimos que nuestra solicitud del 2 de agosto, simplemente no llegó a puerto, por lo que reingresamos nuestra solictud de ingreso al registro de Asesores Financieros Previsionales, ahora a través del mail registroasesoresfinancieros@spensiones.cl habilitado por la Superintendencia.
Esperado respuesta…
¿Que paso con lo ofrecido en este artículo?
«Dentro de la próxima semana comunicaremos el procedimiento de solicitud de reembolso del saldo del precio pagado por nuestra asesoría para aquellos clientes que opten por ello.»
Llevamos 2 meses sin el servicio y aún no hay luces.
Muy pronto esperamos tener novedades. Positivas o negativas. Paciencia.
Sugerencia, hagan un servicio de asesoría a medias con Lorenzini, desde el extranjero. No los pueden cerrar y la información no se puede bloquear por internet o e-mails
Cuando fueron tras Felices y Forrados, no entendieron que iban por todos. La Mafia se defiende, y debieron actuar en conjunto.
Finalmente se produce el resultado lógico.
A las AFP no les conviene el cambio de fondos y ganan.
Mi experiencia con las recomendaciones es la siguiente:
– 39 años en el sistema
– 9% de no imposiciones
– sin agregar un peso adicional
– tasa de reemplazo = 95%
GRACIAS FONDO ALERTA
Lamentable noticia, pero la verdad estaba arrepentido de haber contratado este servicio, solo se dedicaban a comentar de politica y la rentabilidad era malisima, en mi caso no quiero que se extienda el tiempo del plan y dado que no se entregará el servicio contratado quiero que me devuelvan mi dinero, por favor indicar los pasos a seguir para concretar la devolucion de mi dinero.
Para la rentabilidad tan mala que tenian, mejor que cierren.
Estimado Francisco:
Aunque ya hace tiempo dejé de ser suscriptor, lamento q a pesar de haber tratado de cumplir lo imposible al final te hayan conminado a dejar de funcionar.
Sin duda este es el comienzo de una muerte anunciada…el fin de las AFPs
Saludos
RMC
Que pasa con spx500?
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